El Gobierno eliminó la obligatoriedad del cupo de género para los directorios de las empresas. Esta semana la Inspección General de Justicia (IGJ) canceló la resolución general 34/2020, aprobada por el gobierno de Alberto Fernández, que obligaba a las sociedades a garantizar la paridad de género en sus órganos de administración y de fiscalización.
La norma disponía que “las asociaciones civiles en proceso de constitución; las simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario; las sociedades anónimas que se constituyan; las fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva y las Sociedades del Estado deberán incluir en su órgano de administración, y en su caso en el órgano de fiscalización, una conformación que respete la diversidad de género, estableciendo una composición de los órganos referidos para que estén integrados por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos”.
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